Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria segunda
35 / 37En vigor desde 22 mar 1991
Las solicitudes de reconocimiento de los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona que a la entrada en vigor de la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, se encuentren pendientes de resolución, se resolverán con arreglo a su normativa específica.
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Proeli/es/rd/1991/03/15/357#disposicion-transitoria-segunda