Art. Disposición transitoria segunda
10 / 33En vigor desde 1 jul 2024
Los organismos de control ya habilitados para la instrucción técnica complementaria ITC AEM 1 que se deroga podrán seguir realizando su actividad sin necesidad de presentar una nueva declaración responsable, teniendo un plazo para actualizar su acreditación de dieciocho meses desde la fecha de entrada en vigor de la ITC AEM 1, que se aprueba en este real decreto.
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Proeli/es/rd/2024/04/02/355#disposicion-transitoria-segunda