Art. 7
Capítulo CAPÍTULO 1

Art. 7

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En vigor desde 22 may 2013
1. De acuerdo con el artículo 19.1 del Reglamento de Planificación Hidrológica, en la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir se han definido ocho sistemas de explotación que se enuncian a continuación, con sus correspondientes subsistemas: Sistema 1. Guadiamar. Sistema 2. Abastecimiento Sevilla. Subsistema Rivera de Huelva. Subsistema Rivera de Huesna. Sistema 3. Abastecimiento de Córdoba. Sistema 4. Abastecimiento de Jaén. Sistema 5. Hoya de Guadix. Sistema 6. Alto Genil. Subsistema Vega Alta y Media de Granada. Subsistema Bermejales. Subsistema Vega Baja de Granada. Sistema 7. Regulación General. Subsistema de Regulación General. Subsistema Dañador. Subsistema Aguascebas. Subsistema Fresneda. Subsistema Martín Gonzalo. Subsistema Jándula-Montoro. Subsistema Sierra Boyera. Subsistema Viar. Subsistema Rumblar. Subsistema Guadalentín. Subsistema Guardal. Sistema 8. Bembézar-Retortillo. El ámbito de los sistemas de explotación se describe en el apéndice 5 y en la Lámina L.V.I de dicho apéndice se presenta gráficamente la ubicación de los sistemas de explotación definidos basándose en criterios territoriales de superficie. 2. Para posibilitar el análisis global de comportamiento en toda la Demarcación Hidrográfica, los sistemas de explotación definidos en el apartado primero se integran, de forma simplificada, como sistemas parciales en un sistema único de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.5 del Reglamento de Planificación Hidrológica. 3. Con la finalidad de aumentar la garantía de suministro, es un objetivo del Plan el sistema único de explotación, salvo: a) Abastecimiento a grandes aglomeraciones urbanas, Sistemas de Abastecimiento de más de 150.000 habitantes. b) Aquellos casos en que la interconexión sea técnica, ambiental o económicamente no viable. 4. Con objeto de permitir una gestión óptima dentro de un sistema de los recursos disponibles en cantidad y calidad y aumentar la garantía del suministro, debe interconectarse, o completarse la interconexión, del mayor número posible de Unidades de Demandas con los recursos disponibles. 5. Las Masas de Agua Subterránea definidas en el artículo 4 se adscriben a los sistemas de explotación de recursos en la forma expresada en el Cuadro C.7.1. Cuadro C.7.1 Adscripción de las masas de agua subterránea a los sistemas de explotación de recursos (ser) Masa de agua subterránea Ser al que se adscribe Masa de agua subterránea Ser al que se adscribe Código Nombre Código Nombre 501 Sierra de Cazorla. 7 523 Úbeda. 7 502 Quesada Castril. 7 524 Bailén-Guarromán-Linares. 7 503 Duda - La Sagra. 7 525 Rumblar. 7 504 Huéscar-Puebla de D. Fadrique. 7 526 Aluvial del Guadalquivir-Curso Alto. 7 505 La Zarza. 7 527 Porcuna. 7 506 Orce-María-Cúllar. 7 528 Montes Orientales-Sector Norte. 4, 6 y 7 507 Ahillo-Caracolera. 7 529 Sierra de Colomera. 6 508 Sierra de las Estancias. 7 530 Sierra de Arana. 5 y 6 509 Baza-Caniles. 7 531 La Peza. 5 y 6 510 Jabalcón. 7 532 Depresión de Granada. 6 511 Sierra de Baza. 5 y 7 533 Sierra Elvira. 6 512 Guadix-Marquesado. 5 534 Madrid-Parapanda. 6 513 El Mencal. 5 y 7 535 Sierra de Cabra-Gaena. 7 514 Bédmar-Jódar. 7 536 Rute-Horconera. 7 515 Torres-Jimena. 7 537 Albayate-Chanzas. 6 y 7 516 Jabalcuz. 7 538 El Pedroso-Arcas. 6 y 7 517 Jaén. 4 y 7 539 Hacho de Loja. 6 518 San Cristóbal. 7 540 Sierra Gorda-Polje de Zafarraya. 6 519 Mancha Real-Pegalájar. 7 541 Guadahortuna-Larva. 5, 6 y 7 520 Almadén-Carluca. 7 542 Tejeda-Almijara-Las Guájaras. 6 521 Sierra Mágina. 7 543 Sierra y Mioceno de Estepa. 7 522 Mentidero-Montesinos. 4 544 Altiplanos de Écija. 7 545 Sierra Morena. 2, 7 y 8 565 Sierra de Padul. 6 546 Aluvial del Guadalquivir-Medio. 7 566 Grajales-Pandera-Carchel. 4 y 7 547 Sevilla-Carmona. 7 568 Puente Genil-La Rambla-Montilla. 7 548 Arahal-El Coronil-Morón-Puebla de Cazalla. 7 569 Osuna-La Lantejuela. 7 549 Gerena-Posadas. 1, 7 y 8 570 Gracia-Ventisquero. 4 y 7 550 Aljarafe. 1 y 7 571 Campo de Montiel. 7 551 Almonte-Marismas. 1 572 Sierra de Cañete. 7 552 Lebrija. 7 573 Aluvial del Guadalquivir-Sevilla. 7 6. De conformidad con el artículo 9.2 del Reglamento de la Planificación Hidrológica el Cuadro C.7.2 presenta la propuesta de las masas de agua subterránea compartidas con otras demarcaciones, resultantes de la partición de antiguas unidades hidrogeológicas compartidas con otras cuencas hidrográficas y para las que el Plan Hidrológico Nacional podrá establecer determinados criterios para ordenar su explotación compartida. Cuadro C.7.2 Masas de agua subterránea resultantes de la partición de antiguas unidades hidrogeológicas compartidas con otras cuencas hidrográficas N.º Orden Código y nombre Plan Hidrológico de la demarcación del Guadalquivir Código y nombre Plan Hidrológico de la demarcación con quien comparte Compartida con * 1 05.05 La Zarza. 07.54 Sierra de la Zarza. Segura. 2 05.06 Orce-María. 07.27 Orce-María. Segura. 3 05.08 Sierra de las Estancias. 060.002 Sierra de las Estancias. CMA. 4 05.40 Sierra Gorda-Zafarraya. 060.025 Sierra Gorda-Zafarraya. CMA. 5 05.42 Tejeda-Almijara-Las Guájaras. 060.024 Sierra de Almijara 060.061 Sierra de Albuñuelas 060.062 Sierra de las Gúajaras 060.064 Sierra de Tejeda. CMA. 6 05.49 Gerena-Posadas. 030.593 Niebla. CAA. 7 05.51 Almonte-Marismas. 030.595 Condado. CAA. 8 05.65 Sierra de Padul. 060.017 Sierra de Padul Sur. CMA. 9 05.71 Campo de Montiel. 30609 Campo de Montiel. Guadiana. 10 05.72 Sierra de Cañete. 060.041 Sierra de Cañete Sur. CMA. * CMA: Cuencas Mediterráneas Andaluzas; CAA: Cuencas Atlánticas Andaluzas.
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