Art. 62
Capítulo CAPÍTULO 8

Art. 62

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En vigor desde 22 may 2013
De conformidad con el artículo 111.bis.3 del texto refundido de la Ley de Aguas el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente podrá establecer motivadamente excepciones al principio de recuperación de costes, en atención a los supuestos, que en virtud del artículo 42.4 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, se establecen a continuación: a) Las distintas Administraciones que lleven a cabo inversiones en alta o en baja en municipios pequeños y en zonas rurales o desfavorecidas, establecerán que estos costes –por lo general, superiores a los costes medios en el conjunto de la demarcación– se repartan en unidades de gestión, como Mancomunidades y Agrupaciones, de modo que la recuperación global de costes se lleve a cabo de manera solidaria dentro de cada Comunidad Autónoma o unidad de gestión menor. b) Se aplicarán, asimismo, excepciones al principio de recuperación de costes en los municipios, cualquiera que sea su tamaño, donde se den alguno de los dos criterios que siguen: 1. Cuando la renta media municipal se sitúe por debajo del 75% de la renta media de la demarcación. En este caso, se considerará aplicable la excepción –por coste desproporcionado– si el coste del agua para el usuario superara en más del 25% el coste medio de la demarcación y siempre que el precio del agua supere el precio medio de las poblaciones de su rango poblacional, tal como se define en el artículo 19 de la presente Normativa. 2. Cuando, como consecuencia de la implantación de determinadas medidas o de obras de garantía de abastecimiento, el incremento en términos reales del coste al ciudadano supere el 8% anual acumulativo. c) Con respecto a las modernizaciones de regadíos, se aplicará la excepción a la parte subvencionada de las inversiones con destino a la modernización, de manera que no se recupere dicha parte. Se fundamenta esta propuesta en el incremento de costes que supone para el agricultor la propia modernización, por la amortización de las inversiones que directamente financia y por el incremento en costes de conservación, mantenimiento y explotación que le generan las nuevas infraestructuras.
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eli/es/rd/2013/05/17/355#art-62