Art. 5
Capítulo CAPÍTULO 1

Art. 5

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En vigor desde 22 may 2013
1. Conforme a lo previsto en los artículos 7, 8 y 10 del Reglamento de Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio. condiciones de referencia para los diferentes tipos de masas de agua superficial se presentan en las tablas del apéndice 3. 2. Antes de la próxima revisión del Plan Hidrológico se realizarán los estudios necesarios para la actualizar las condiciones de referencia en las distintas categorías y tipologías de masa de agua.
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eli/es/rd/2013/05/17/355#art-5