Art. Disposición transitoria
6 / 6En vigor desde 19 mar 1980
En tanto no se produzca la entrada en vigor de las norman que se dicten en desarrollo de esta disposición serán de aplicación las características de accesibilidad contenidas en el Decreto mil setecientos sesenta y seis/mil novecientos setenta y cinco, de veinte de junio.
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Proeli/es/rd/1980/01/25/355#disposicion-transitoria