Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 9
11 / 25En vigor desde 21 dic 2023
El procedimiento de la Junta Arbitral se regirá por lo dispuesto en el presente capítulo y supletoriamente por las normas contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se modifica por el art. único.6 del Real Decreto 1126/2023, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-25762
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2006/03/24/353#art-9