Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 34
40 / 103En vigor desde 11 may 2025
Por acuerdo de la Asamblea General y con la periodicidad que en cada caso se determine, se celebrarán congresos generales de la profesión, de ámbito estatal, de carácter técnico o profesional.
La financiación y organización de los congresos se determinará en el Reglamento de Régimen Interior.
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Proeli/es/rd/2025/04/30/352#art-34