Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección I. Masas de agua superficial
Art. 6
234 / 634En vigor desde 11 feb 2023
La evaluación del estado de las masas de agua superficial se realizará conforme al Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental y los protocolos y guías técnicas de desarrollo del mismo. Asimismo, en relación a los contaminantes específicos de cuenca, se considerarán las normas de calidad ambiental establecidas en el apéndice 3 de la presente normativa.
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Proeli/es/rd/2023/01/24/35#art-6-4