Art. 59
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 59

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En vigor desde 11 feb 2023
1. El Organismo de cuenca establecerá el sistema organizativo y cronograma marco asociados al desarrollo de los procedimientos de información pública, consulta pública y participación activa para el seguimiento y revisión de este Plan Hidrológico. 2. El Organismo de cuenca coordinará los procesos de información pública, consulta pública y participación activa, así como el correspondiente al de evaluación ambiental estratégica para la revisión del Plan Hidrológico. 3. Los métodos y técnicas de participación a emplear en las distintas fases del proceso serán, entre otros, entrevistas, jornadas de puertas abiertas, reuniones bilaterales, talleres, participación interactiva, mesas sectoriales y multisectoriales, conferencias y mesas redondas. 4. Los puntos de contacto para la consulta y obtención de documentación e información relacionada con el Plan durante los procesos de información pública, consulta pública y participación activa del Plan Hidrológico serán, en tanto no se disponga otra cosa: a) Las sedes del Organismo de cuenca en Murcia, así como las oficinas territoriales de Orihuela, Hellín y Pulpí. b) La página Web del Organismo de cuenca. c) La página Web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. 5. El Proyecto de Participación Pública del Plan Hidrológico se encuentra disponible en la página web www.chsegura.es de la Confederación Hidrográfica del Segura. Se recoge un resumen del mismo en el anejo 11 de la Memoria del Plan Hidrológico, debiendo ser revisado con carácter previo a la revisión del Plan Hidrológico al que se refiera, cada seis años.
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eli/es/rd/2023/01/24/35#art-59-2