Art. 43
Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección II. Instrumentos normativos generales de protección de las masas de agua§ Subsección III. Protección de las masas de agua

Art. 43

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En vigor desde 11 feb 2023
La gestión de las inundaciones, en defecto de disposición de carácter general aplicable, se desarrollará teniendo en cuenta el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil para el periodo 2022-2027 y los criterios establecidos en los artículos 44 a 46, ambos inclusive.
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