Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Sección I. Medidas relativas a la alteración de las condiciones morfológicas de las masas de agua
Art. 36
354 / 634En vigor desde 11 feb 2023
1. El transporte natural de material sedimentario sólido, mediante suspensión, saltación o rodamiento, se reconoce como parte integrante del caudal natural de los ríos, esencial para su evolución y desarrollo morfológico.
2. La evaluación del impacto de las obras transversales al cauce incluidas en nuevas concesiones o autorizaciones o la modificación o revisión de las existentes, prevista en el artículo 126 bis.5 del RDPH, garantizará que las mismas no suponen un obstáculo del paso del caudal sólido en situaciones de normalidad o prealerta, definida de acuerdo con el sistema de indicadores adoptado en el Plan Especial de Sequías en la cuenca del Guadalquivir.
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Proeli/es/rd/2023/01/24/35#art-36-6