Art. 26
Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección III. Medidas para la protección contras las inundaciones y las sequías

Art. 26

409 / 634
En vigor desde 11 feb 2023
Para la gestión de inundaciones, sin perjuicio de las disposiciones reglamentarias de carácter general que estén en vigor, se tendrán en cuenta los criterios establecidos en el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la demarcación hidrográfica de Ceuta para el periodo 2022-2027.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2023/01/24/35#art-26-7