Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección I. Resumen de las inversiones previstas en el ciclo de planificación
Art. 23
211 / 634En vigor desde 11 feb 2023
El Programa de medidas de este Plan Hidrológico viene constituido por las medidas que se describen en el Anejo 12 de la Memoria. Las inversiones previstas a los distintos horizontes temporales son las que se indican en los cuadros que se incluyen como apéndice 12, donde las distintas actuaciones aparecen agrupadas según el tipo y la finalidad, de conformidad con el artículo 81.1.b) del RPH.
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Proeli/es/rd/2023/01/24/35#art-23-3