Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección I. Asignación de recursos
Art. 13
30 / 634En vigor desde 11 feb 2023
1. Los recursos hidráulicos naturales medios, cuya gestión es objeto del presente Plan, en el ámbito territorial de la Demarcación se han evaluado en 4.685 hm 3 /año. Los valores por sistema de explotación aparecen en el apéndice 1.1. Estos valores y sus actualizaciones podrán consultarse en la página web de la Agencia Vasca del Agua (www.uragentzia.euskadi.eus) y de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (www.chcantabrico.es). En los estudios sobre recursos hidráulicos de la demarcación, a fin de asegurar su homogeneidad, será obligada su referencia.
2. La asignación de recursos en cada sistema de explotación, se establece en el apéndice 5.
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Proeli/es/rd/2023/01/24/35#art-13