Art. Disposición transitoria cuarta
9 / 53En vigor desde 17 ene 2010
1. A partir del curso académico 2010-2011, a los suboficiales y a los militares de tropa y marinería se les reservarán plazas por promoción para cambio de escala, con exigencia de titulación universitaria previa, para ingresar en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina. Durante los años 2010, 2011 y 2012, para ingresar en los centros indicados, el sistema de selección, la valoración del concurso, las pruebas de que consta la oposición y la calificación final se atendrán a lo establecido en la Orden Ministerial 73/2002, de 19 de abril, así como a lo que disponga la convocatoria, y la incorporación a las escalas de oficiales se producirá una vez superados los correspondientes planes de estudios cuya duración y carga global se ajustarán a lo determinado en el artículo 15.2 del Real Decreto 434/2002, de 10 de mayo.
2. Para las restantes formas de ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de oficiales mencionadas en el apartado anterior, cuando se exijan requisitos de titulación universitaria previa, el régimen previsto en el reglamento que se aprueba no se aplicará antes del curso académico 2013-2014.
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Proeli/es/rd/2010/01/15/35#disposicion-transitoria-cuarta