Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO IX

Art. Disposición final primera

33 / 36
En vigor desde 6 abr 2011
El presente real decreto constituye legislación de pesca marítima, dictada al amparo del artículo 149.1.19.ª de la Constitución.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2011/03/11/347#disposicion-final-primera