Art. 9

Art. 9

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En vigor desde 11 feb 2012
1. Corresponden a la Dirección General de Migraciones las siguientes funciones: a) La coordinación funcional de la actuación de los órganos periféricos de la Administración General del Estado con competencias en materia de inmigración. b) La propuesta justificada de necesidades de medios e infraestructuras para la gestión de procedimientos de inmigración y la coordinación para su implantación por los órganos competentes. c) La ordenación de la gestión colectiva de contrataciones en origen y de los procesos de selección y contratación de trabajadores extranjeros en sus países de origen, o extranjeros documentados con visados de búsqueda de empleo, así como el apoyo a los trabajadores seleccionados a través de tales procedimientos. d) La gestión de los procedimientos sobre autorizaciones previstas en la normativa sobre extranjería e inmigración cuya resolución corresponda a cualquier órgano superior o directivo del Departamento en virtud de lo previsto en el ordenamiento jurídico. e) La ordenación y coordinación de las migraciones interiores. f) El desarrollo y la gestión del sistema de acogida integral e integración de inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados, apátridas, personas acogidas al régimen de protección temporal y otros estatutos de protección subsidiaria. g) La gestión de subvenciones en materia de integración de los inmigrantes y la colaboración con entidades públicas y privadas cuyas actividades se relacionen con la integración de las personas indicadas en el párrafo anterior. h) La gestión de las iniciativas, fondos y planes de acción de la Unión Europea sobre la materia. i) El desarrollo y la gestión de programas de primera atención y de intervención urgente para situaciones de carácter excepcional en colaboración, en su caso, con las Comunidades Autónomas, Entidades Locales, así como con entidades públicas y privadas. j) El desarrollo y gestión de programas vinculados al retorno de inmigrantes, la reagrupación familiar, y la acogida e integración de inmigrantes con visado de búsqueda de empleo. k) La planificación, gestión y seguimiento de los centros de estancia temporal de inmigrantes (CETI) y de los centros de atención a refugiados (CAR). l) La concertación de actuaciones de promoción de la integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados, apátridas, personas acogidas al régimen de protección temporal y otros estatutos de protección subsidiaria con otros departamentos ministeriales, Comunidades Autónomas, entidades locales y entidades públicas y privadas y, en particular, la gestión y seguimiento del Fondo de Apoyo a la acogida y la integración de los inmigrantes así como para el refuerzo educativo de los mismos y la promoción de programas innovadores en el ámbito de la acogida e integración en el entorno local. m) La atención a los españoles en el exterior y retornados. n) El reconocimiento y gestión de prestaciones económicas y ayudas asistenciales destinadas a españoles en el exterior y retornados. ñ) La asistencia sanitaria, en su país de residencia, a los españoles de origen beneficiarios de prestaciones económicas. o) La gestión de los programas de subvenciones y ayudas destinados a los españoles en el exterior y retornados. p) La coordinación funcional de la actuación de los órganos periféricos de la Administración General del Estado con competencias en materia de emigrantes retornados. 2. De la Dirección General dependen, con nivel orgánico de Subdirección General: a) La Subdirección General de Inmigración, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los párrafos a), b), c), d) y e) del apartado 1. b) La Subdirección General de Integración de los Inmigrantes, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los párrafos f), g), h), i), j) k) y l) del apartado 1. c) La Subdirección General de Emigración, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los párrafos m), n), ñ), o) y p) del apartado 1. 3. Quedan adscritos a la Dirección General de Migraciones el Observatorio Permanente de la Inmigración, el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes y el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior.
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