Art. 11
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 11

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En vigor desde 5 ene 2001
Corresponde a la Junta General: a) Aprobar los Estatutos del Colegio y sus modificaciones, que se someterán al procedimiento definitivo de aprobación que, en cada caso, corresponda. b) Aprobar los presupuestos y las cuentas anuales y la gestión de la Junta Directiva. c) Tomar los acuerdos de enajenación patrimonial y de emisión de empréstitos y obligaciones, con o sin garantía real, y todo acto de contenido económico cuya cuantía exceda de la cuarta parte del presupuesto de gastos del ejercicio. d) Adoptar las normas generales a seguir en materia de competencia del Colegio. e) Aprobar las proposiciones que, a iniciativa de la Junta Directiva o del 10 por 100 de los colegiados, figuren en el orden del día.
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eli/es/rd/2000/12/15/3428#art-11