Art. Disposición final primera
10 / 12En vigor desde 3 abr 2001
Se modifican los apartados 3 y 4 del artículo 86 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, y modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, en los siguientes términos:
Respecto del apartado 3:
Se añade un nuevo párrafo d), con la siguiente redacción:
«d) Un representante del Ministerio de Asuntos Exteriores.»
El actual párrafo d) pasa a ser párrafo e), con la siguiente redacción:
«e) Siete representantes de las entidades locales.»
Respecto del apartado 4:
Se añade un nuevo párrafo d), redactado en los siguientes términos:
«d) El representante del Ministerio de Asuntos Exteriores por el titular de este Departamento.»
El actual párrafo d) pasa a ser párrafo e).
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Proeli/es/rd/2000/12/15/3425#disposicion-final-primera