Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 23 jun 2018
A través de la Central de Información Económico-Financiera de las Administraciones Públicas, se publicarán los datos presupuestarios basados en la contabilidad pública con periodicidad mensual para los subsectores de la Administración Central, las Comunidades Autónomas y las Administraciones de Seguridad Social, y trimestral para el subsector de las Corporaciones Locales.
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