Art. Disposición transitoria tercera
4 / 25En vigor desde 17 feb 1984
El etiquetado de los envases cuyos prototipos han sido objeto de aprobación anterior por la Orden ministerial de 25 de octubre de 1966 («Boletín Oficial del Estado» del 29) podrá ser modificado conservando el número de registro ya concedido, sin más restricciones que la adaptación de textos del etiquetado a la nueva Reglamentación, siempre que se conserven las características físico-químicas y geométricas del envase.
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Proeli/es/rd/1983/11/30/3360#disposicion-transitoria-tercera