Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª De la Presidencia de la Comisión Nacional de la Competencia
Art. 8
12 / 47En vigor desde 4 mar 2008
Del Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia depende directamente el Gabinete del Presidente, como su órgano de asistencia inmediata.
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Proeli/es/rd/2008/02/29/331#art-8