Art. 16
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª De la Dirección de Promoción de la Competencia

Art. 16

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En vigor desde 4 mar 2008
1. El Director de Promoción de la Competencia es nombrado por el Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia, previa consulta al Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. 2. El Director de Promoción de la Competencia ejerce todas las competencias previstas en el artículo anterior de este Estatuto y, en particular, ejercerá las funciones señaladas en su letra ñ).
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