Art. 5
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 13 abr 2002
Son funciones de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en el ámbito específico de las misiones que se le encomiendan, según el artículo 1 de este Estatuto, las de generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
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