Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 16 sept 2016
1. Este real decreto tiene por objeto la incorporación al ordenamiento jurídico español de diversas disposiciones contenidas en la Directiva 2014/61/UE, del 15 de mayo de 2014, relativa a medidas para reducir el coste del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad. 2. Mediante este real decreto se desarrollan los artículos 35 a 38 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al acceso a infraestructuras físicas susceptibles de alojar redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, coordinación de obras civiles y publicación de información sobre concesión de permisos. 3. Mediante este real decreto se regulan los derechos y obligaciones relativos a los accesos a infraestructuras físicas susceptibles de alojar redes de comunicaciones electrónicas, de modo que se facilite el despliegue de redes públicas de comunicaciones electrónicas de alta velocidad. 4. Este real decreto establece medidas en relación con la coordinación de obras civiles para facilitar el despliegue de elementos de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad. 5. Este real decreto establece medidas de transparencia en relación con las condiciones y procedimientos aplicables a la concesión de permisos para la instalación y despliegue de redes de comunicaciones electrónicas y sus recursos asociados, fijando un plazo máximo para la resolución de las solicitudes de concesión de permisos en relación con las obras de civiles necesarias para desplegar elementos de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad.
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eli/es/rd/2016/09/09/330#art-1