Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1. Disposiciones generales
Art. 194
198 / 231En vigor desde 21 feb 1979
La expropiación forzosa por razón de urbanismo se adoptará para el cumplimiento de alguna de estas finalidades:
a) Para la ejecución de los sistemas generales o de alguno de sus elementos o para llevar a efecto actuaciones aisladas en suelo urbano.
b) Para la urbanización de polígonos o unidades de actuación completos, mediante la aplicación del sistema de expropiación para la ejecución del plan de que se trate.
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Proeli/es/rd/1978/08/25/3288#art-194