Art. 110
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Ayuda a la rehabilitación en las viviendas

Art. 110

110 / 175
En vigor desde 24 abr 2026
Las subvenciones de esta ayuda serán compatibles con cualesquiera otras ayudas para el mismo objeto. En todo caso el conjunto de las subvenciones recibidas no podrá ser superior al coste de la actuación subvencionada.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2026/04/22/326#art-110