Art. 101
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Ayuda a la rehabilitación integral de edificios de viviendas

Art. 101

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En vigor desde 24 abr 2026
Las subvenciones de esta ayuda serán compatibles con cualesquiera otras ayudas para el mismo objeto excepto las otras reguladas en este real decreto. En todo caso el conjunto de las subvenciones recibidas no podrá ser superior al coste de la actuación subvencionada.
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eli/es/rd/2026/04/22/326#art-101