Capítulo CAPÍTULO PRIMERO›Secc. Sección cuarta. Derechos sociales y otros derechos
Art. 13
13 / 49En vigor desde 24 ene 1984
Tanto en los comedores como en los economatos la gestión, organización y Administración serán llevadas conjuntamente por los representantes de los trabajadores y la dirección de la Empresa en los términos previstos en las normas referenciadas.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 20, de 24 de enero de 1984. Ref. BOE-A-1984-1795 .
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1983/12/21/3255#art-13