Art. 5

Art. 5

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En vigor desde 24 jun 2010
El ejercicio de las opciones podrá hacerse por entrega física o por diferencias (liquidación financiera o en efectivo), según se determine para cada producto y subasta. Téngase en cuenta que se declara la nulidad del inciso destacado por sentencia del TS de 25 de mayo de 2010. Ref. BOE-A-2010-9997 . Se declara la nulidad del inciso destacado por sentencia del TS de 25 de mayo de 2010. Ref. BOE-A-2010-9997 . En el mismo sentido se pronuncia la sentencia del TS de 25 de mayo de 2010. Ref. BOE-A-2010-10713 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2008/02/29/324#art-5