Art. Disposición final quinta

Art. Disposición final quinta

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En vigor desde 27 mar 2024
Se modifica la disposición transitoria primera del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda que queda redactada como sigue: «Disposición transitoria primera. Distribución de competencias. En tanto sean adaptadas a la Ley de Presupuestos Generales del Estado, las competencias recogidas en el artículo 10.2 y 3, sobre la emisión de informe y la autorización, respecto de las entidades del sector público empresarial y fundacional definidas en los artículos 3.2 y 3.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a excepción de las adscritas al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la Dirección General de Costes de Personal instruirá los expedientes previstos en el artículo 10.3.m), n) y o), que serán autorizados o informados, según proceda, por dicha Dirección General o por la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos.»
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