Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 29 may 2025
Quedan suprimidos los siguientes órganos: a) La Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales. b) La Subdirección General de Asuntos Generales. c) La Subdirección General de Atención al Ciudadano, Documentación y Publicaciones. Se modifica por el .4 del Real Decreto 403/2025, de 27 de mayo. Ref. BOE-A-2025-10489

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eli/es/rd/2024/03/26/323#disposicion-adicional-primera