Art. Artículo único
1 / 1En vigor desde 21 ene 1982
Uno El doce de octubre, fiesta nacional de España y Día de la Hispanidad, tendrá con carácter permanente consideración de fiesta laboral de ámbito nacional.
Dos. Los poderes públicos de la Nación programarán actos oficiales y populares conmemorativos de la Fiesta Nacional española y Día de la Hispanidad que, en su eventual proyección internacional, serán coordinados por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
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Proeli/es/rd/1981/11/27/3217#articulo-unico