Art. 4
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Fases de actuación

Art. 4

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En vigor desde 7 feb 2009
La actuación establecida en el Protocolo Nacional ante sucesos con víctimas múltiples se producirá en tres fases: a) Fases preliminares al tratamiento de cadáveres y restos humanos. b) Fase de tratamiento de cadáveres y restos humanos. c) Fase de obtención de datos «ante mortem» en el área de asistencia a familiares.
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eli/es/rd/2009/01/16/32#art-4