Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

14 / 16
En vigor desde 26 abr 2015
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2015/04/24/319#disposicion-final-primera