Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 6 jul 1980
El presente Real Decreto tiene por objeto la organización con carácter de Corporación de Derecho Público de la Entidad «Patrimonio Comunal Olivarero», en desarrollo de las previsiones que se adoptaron en el Real Decreto-ley treinta y uno/setenta y siete, de dos de junio, a fin de garantizar la continuidad de los servicios de carácter técnico y la colaboración con la Administración, que venia desarrollando esta Entidad, en favor del olivar y sus productos. En su virtud, a propuesta de los Ministros de Justicia, Hacienda y Agricultura, y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunlon del día veintiuno de diciembre de mil novecientos setenta y nueve, DISPONGO:
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eli/es/rd/1979/12/21/3183#preambulo-pr