Art. Disposición final primera
7 / 25En vigor desde 29 mar 2006
Este Real Decreto tiene carácter básico y se dicta al amparo de las competencias que se atribuyen al Estado en los artículos 149.1.16.ª, 23.ª y 25.ª de la Constitución Española, en materia de bases y coordinación nacional de la sanidad, protección del medio ambiente y bases del régimen minero y energético, respectivamente.
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Proeli/es/rd/2006/03/17/314#disposicion-final-primera