Art. Disposición transitoria única
6 / 10En vigor desde 27 abr 2023
En tanto en cuanto entre en vigor la orden ministerial referida en el artículo 5.3 de este real decreto, seguirá en vigor la Orden DEF/1056/2013, de 30 de mayo, por la que se regula el procedimiento para la solicitud y obtención de certificados de exención por razones de defensa, en materia de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas como tales o en forma de mezclas químicas o contenidas en artículos, en lo que no contradiga a este real decreto.
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Proeli/es/rd/2023/04/25/312#disposicion-transitoria-unica