Art. Disposición transitoria única

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 27 abr 2023
En tanto en cuanto entre en vigor la orden ministerial referida en el artículo 5.3 de este real decreto, seguirá en vigor la Orden DEF/1056/2013, de 30 de mayo, por la que se regula el procedimiento para la solicitud y obtención de certificados de exención por razones de defensa, en materia de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas como tales o en forma de mezclas químicas o contenidas en artículos, en lo que no contradiga a este real decreto.
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eli/es/rd/2023/04/25/312#disposicion-transitoria-unica