Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 27 abr 2023
Cualquier fabricante, importador o usuario intermedio de una sustancia, como tal, o en forma de mezcla o contenida en un artículo, debe reunir toda la información que necesite para cumplir con las obligaciones impuestas por la legislación en materia de sustancias y mezclas químicas.
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eli/es/rd/2023/04/25/312#art-4