Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 19 ago 2016
1. La formación dirigida a directivos y dirigentes de las entidades asociativas prioritarias irá enfocada a los estudios de administración de negocios, que les permita diseñar estrategias y modelos de negocio competitivos. Esta formación se concretará en un Programa de formación tal como se describe en el artículo 6. 2. La formación debe contribuir a la mejora de la competitividad, la sostenibilidad, incluida la eficiencia energética e innovación de los productos ofrecidos por las entidades asociativas prioritarias a las que pertenezcan los directivos y dirigentes, así como el aumento de la base de los conocimientos de dichas entidades.
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eli/es/rd/2016/07/29/312#art-4