Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 6 may 2022
CIDETMA establecerá un calendario para la aplicación de lo dispuesto en este real decreto en el plazo de dos años desde su entrada en vigor, en materia de revisión periódica a las estructuras de espacio aéreo a las que sea de aplicación y que hayan sido publicadas en AIP antes de la entrada en vigor del mismo.
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