Art. Disposición transitoria única

Art. Disposición transitoria única

7 / 31
En vigor desde 22 may 2021
Hasta la aprobación de una nueva relación de puestos de trabajo, los funcionarios que ocupen puestos de trabajo de nivel inferior a Subdirección General quedarán adscritos a los puestos de trabajo que vinieran desempeñando a la fecha de entrada en vigor de este Estatuto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2021/05/04/310#disposicion-transitoria-unica