Art. Disposición transitoria primera
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 26 may 2019
El nuevo régimen retributivo producirá efectos retroactivos a 1 de enero de 2018, de acuerdo con lo establecido por la disposición adicional trigésima novena de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
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