Art. Disposición transitoria tercera

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 6 may 2021
En tanto no se desarrolle la orden ministerial citada en el anexo I, que defina las titulaciones universitarias y de técnico superior específicas que darán acceso a cada Escala y Cuerpo, será de aplicación la Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo, por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas.
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