Art. 50
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 50

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En vigor desde 24 may 2022
1. Se cubrirán por este sistema de nombramiento discrecional los cargos y destinos no comprendidos en el capítulo anterior que deban ser provistos con Fiscales de Sala, así como los correspondientes a la Inspección Fiscal y a las Fiscalías del Tribunal Supremo, ante el Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas, de la Audiencia Nacional y de las Fiscalía Especiales. También se proveerán por este sistema los cargos de Fiscal Superior y Teniente Fiscal de las Fiscalías de las Comunidades Autónomas, los de Fiscales Jefes de las Fiscalías Provinciales, y los de Fiscales Jefes de las Fiscalías de Área. En este tipo de nombramientos se procurará atender al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres. 2. La convocatoria para proveer los cargos sujetos a un periodo determinado de duración se publicará con suficiente antelación a la expiración de dicho período
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eli/es/rd/2022/05/03/305#art-50