Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición transitoria cuarta
41 / 45En vigor desde 10 abr 2010
Hasta que las Administraciones educativas no regulen las enseñanzas elementales de música y de danza en su ámbito de competencias, será de aplicación lo establecido al respecto en el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas.
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Proeli/es/rd/2010/03/15/303#disposicion-transitoria-cuarta