Art. 15

Art. 15

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En vigor desde 19 ene 2011
1. Corresponde a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación, con rango de subsecretaría, bajo la superior dirección del titular del Departamento, la coordinación entre las políticas sectoriales del Departamento, el impulso de las relaciones institucionales y de colaboración con instituciones, organismos y entidades internacionales y con las Administraciones públicas territoriales en las materias de responsabilidad del Ministerio de Fomento y, en particular, las siguientes funciones: a) El impulso y coordinación de fórmulas de colaboración y de cooperación con otras administraciones públicas con competencias en las materias propias del Departamento. b) El seguimiento de planes, convenios y demás acuerdos de colaboración y cooperación que se desarrollen en el ámbito de competencias del Departamento. c) La planificación y coordinación de la participación en organismos internacionales y de la política de relaciones internacionales del Departamento, en colaboración y a través de los órganos de acción exterior del Estado, sin perjuicio de las competencias de los órganos superiores y demás órganos directivos del Departamento. d) La coordinación de los Centros Directivos del Ministerio en materia de redes transeuropeas de transporte y de conexiones transfronterizas, y en particular la participación en los Grupos de Alto Nivel o los instrumentos adecuados y la coordinación de la participación en los mismos de los órganos superiores y demás órganos directivos del Ministerio. e) El impulso de medidas y la difusión de las recomendaciones de seguridad en los diferentes medios de transporte. f) Las funciones que, en relación con los fondos destinados a financiar trabajos de conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico español o de fomento de la creatividad artística, corresponden al Ministerio de Fomento, sin perjuicio de las competencias de la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas a que se refiere el artículo 13.1.h) e i). g) La planificación y coordinación del desarrollo de la política de comunicación, incluidas las campañas de divulgación y publicidad institucional, y la colaboración en la planificación de la política editorial del Departamento. h) La dirección e impulso de la política en geografía y coordinación en materia de cartografía, astronomía, geodesia y geofísica. 2. De la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación dependen los órganos directivos siguientes: a) La Dirección General de Relaciones Institucionales. b) La Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. 3. Depende del Secretario General de Relaciones Institucionales y Coordinación, a través de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, el organismo autónomo Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG). 4. El Secretario General de Relaciones Institucionales y Coordinación es el presidente del Consejo Superior Geográfico y de la Comisión Española de Geodesia y Geofísica.
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eli/es/rd/2011/01/14/30#art-15