Art. Disposición transitoria segunda

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 10 ene 2024
Los titulares de los órganos superiores y directivos suprimidos por el Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, o por el presente real decreto, mantendrán la condición de alto cargo, desempeñando sus funciones de dirección de los servicios adscritos a los mismos, en tanto no se acuerde su cese.
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