Art. 16
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 16

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En vigor desde 10 abr 2026
1. Directamente de la Dirección de la Agencia dependerán cuatro Direcciones funcionales: a) Dirección de Producción Meteorológica y Ciencia Aplicada. b) Dirección de Tecnología e Infraestructuras. c) Dirección de Estrategia y Relaciones con Usuarios. d) Dirección de Administración. También dependerá de la Dirección de la Agencia el Departamento de Coordinación de Delegaciones Territoriales. Las Direcciones funcionales podrán estar integradas por Departamentos y Divisiones. 2. La Dirección de Producción Meteorológica y Ciencia Aplicada es la responsable de: a) Los procesos de producción de información meteorológica. b) La gestión del Sistema Nacional de Predicción. c) La elaboración de los avisos y predicciones meteorológicas. d) La realización de análisis y estudios climatológicos. e) La gestión del Banco Nacional de Datos Climatológicos. f) La gestión del Sistema Nacional de la Vigilancia y Seguimiento del Clima. g) La participación en proyectos de investigación de ámbito nacional e internacional. h) La modelización y el desarrollo de herramientas de predicción del tiempo. 3. La Dirección de Producción Meteorológica y Ciencia Aplicada está integrada por dos Departamentos: a) El Departamento de Producción Meteorológica, que tiene asignadas la ejecución de las funciones correspondientes a las letras a), b) y c). b) El Departamento de Ciencia Aplicada y Climatología, que tiene asignadas la ejecución de las funciones correspondientes a las letras d), e), f), g) y h). El Centro de Investigación Atmosférica de Izaña, especializado en la observación e investigación de la composición atmosférica, queda adscrito a esta dirección con la dependencia orgánica que se determine en la relación de puestos de trabajo. 4. La Dirección de Tecnología e Infraestructuras es la responsable de: a) La implantación y mantenimiento de las redes de observación meteorológica. b) La gestión del Sistema Nacional de Observación. c) El mantenimiento y conservación de las infraestructuras de la Agencia. d) Velar por la ciberseguridad y la protección de la información en coordinación con otros organismos con competencias en esta materia. e) Gestionar los sistemas y servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Agencia. f) Coordinar y ejecutar el proceso de transformación digital de la Agencia a través de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones. g) Gestionar la gobernanza de los datos y del desarrollo de aplicaciones informáticas de la Agencia. h) Gestionar la explotación y análisis de datos y el procesamiento de la información a través del Centro de Proceso de Datos, clasificado como infraestructura crítica. 5. La Dirección de Tecnología e Infraestructuras está integrada por dos Departamentos: a) Departamento de Observación e Infraestructuras, que tiene asignada la ejecución de las funciones correspondientes a las letras a), b) y c). b) Departamento de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que tiene asignadas la ejecución de las funciones correspondientes a las letras d), e), f), g) y h). 6. La Dirección de Estrategia y Relaciones con Usuarios es la responsable de: a) El análisis estratégico, impulso y coordinación de la elaboración de planes y programas, así como el seguimiento de los mismos y la elaboración de informes de gestión relativos a la actuación de la Agencia. b) La gestión y coordinación de las relaciones internacionales y de las actividades internacionales de cooperación técnica y al desarrollo. c) El seguimiento y adecuada ejecución de la política de datos de la Agencia, de acuerdo con las directrices emanadas del Consejo Rector, en el marco de lo previsto en las normas jurídicas y acuerdos internacionales en las que dicha política se inserta. d) El impulso y coordinación de las acciones en relación con la investigación, el desarrollo y la innovación en la Agencia, sin perjuicio de las atribuciones asignadas en este estatuto a otros órganos de la misma. e) La recopilación y difusión de conocimientos y documentación de las materias competencia de la Agencia. f) La información a los ciudadanos, las relaciones con usuarios y clientes y la propuesta y ejecución de la política comercial de la Agencia. g) La gestión de la calidad en la Agencia. 7. La Dirección de Administración desarrolla las siguientes funciones: a) La gestión y administración de recursos humanos, la gestión de la acción social y la formación de los recursos humanos, bajo la supervisión de la persona titular de la Dirección de la Agencia y siguiendo los criterios y directrices del Consejo Rector. b) La planificación y ejecución de la política de prevención de riesgos laborales, incluida la organización y supervisión del servicio de prevención. c) La tramitación de los expedientes de contratación, la gestión económica presupuestaria, de los ingresos y gastos, la realización de los cobros y pagos y la gestión de la tesorería de la Agencia, el sistema de contabilidad financiera y analítica, así como el control y coordinación del presupuesto. d) El control económico-financiero de los instrumentos y actuaciones que le correspondan. e) El mantenimiento actualizado de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles. f) La gestión administrativa del patrimonio, registro general, régimen interior y asuntos generales. g) Ejercer cuantas funciones le sean delegadas por la persona titular de la Dirección. 8. La Dirección de Administración está integrada por el Departamento de Gestión, que tiene asignada la ejecución de las funciones correspondientes a las letras a), b) y c) así como las de coordinación con la Abogacía del Estado, actuaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública, y supervisión de los sistemas internos de información previstos en la normativa sobre protección de informantes y lucha contra la corrupción. 9. Corresponde al Departamento de Coordinación de las Delegaciones Territoriales, sin perjuicio de las competencias propias de cada Dirección funcional, potenciar en todo el territorio nacional la adecuada interrelación de las actuaciones y servicios que presta la Agencia, la comunicación con las instituciones públicas y privadas y con los usuarios, así como verificar el impulso y la ejecución de la estrategia de la Agencia. 10. Las Delegaciones Territoriales de la Agencia tienen encomendada la representación institucional de la Agencia y la interlocución directa con las Administraciones Territoriales de su ámbito respectivo, así como la dirección inmediata de los asuntos, centros, oficinas y dependencias a ellas asignadas, de acuerdo con las instrucciones y directrices emanadas de las distintas Direcciones funcionales y el Departamento de Coordinación de las Delegaciones Territoriales, al que quedan adscritas.
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